Corte por lo sano

Esta semana la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de la orwelliana ley 25.873, conocida como Ley Espía y luego empeorada por el decreto 1.563/2004, que obligaba a las empresas de telefonía y de Internet a registrar los datos de todas las comunicaciones de sus usuarios. Adicionalmente, exigía a los operadores tener que conservarlos por diez años para que estuvieran a disposición del Estado.
La decisión es bienvenida, ya que significa un tiro de gracia para una medida propia de un estado totalitario y fascistoide, que vigila a sus ciudadanos y se entromete en su privacidad, independientemente de si son sospechosos o no de algún delito, sólo “por las dudas” (lo cual además tiene penosas reminiscencias). Cabe recordar que, a causa del revuelo que generó oportunamente, el Poder Ejecutivo había decretado su suspensión, aunque no su anulación.
Desde el punto de vista jurídico (y sin meternos en territorio de abogados), la medida es novedosa porque por expresa disposición de la Corte tendrá efectos para todos los usuarios y no sólo para aquel que presentó el amparo. Esto es lo que en EE.UU. se conoce como acción de clase, mecanismo no contemplado en nuestra legislación, que tiene la virtud de evitar la multiplicación de juicios idénticos.

Acerca del autor

Enrique Carrier

Analista del mercado de telecomunicaciones y nuevos medios, basado en Buenos Aires, Argentina

Por Enrique Carrier

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