Cañonazo de salva

Esta semana hubo mucho revuelo ante la noticia de que el Senado trataría un proyecto de ley, popularizado como “canon digital”, que brevemente implicaba la aplicación de diversas tasas a todo elemento plausible de almacenar contenido digital (aquí se explica la norma. Nótese la cantidad de comentarios de los lectores). La razón de esta sin razón era utilizar esa recaudación para compensar a los dueños de propiedad intelectual (específicamente, música y películas) por los efectos de la piratería.

El revuelo armado fue tal y tan exponencial que al día siguiente sus autores (un senador del oficialismo y otro del socialismo), y según algunos medios por “sugerencia” del Poder Ejecutivo, decidieron no dar marcha atrás, sino postergar su tratamiento bajo la promesa de revisar los términos de la norma propuesta.

Mucho se habló en sólo dos días respecto de este proyecto de ley, sobre todo en las redes sociales, y muy mayoritariamente fueron todas críticas, la mayoría muy atendibles. Pero más allá de si los argumentos a favor o en contra (la mayoría), hay un dato que puede considerarse objetivo: esta ley llega tarde. Muy tarde. Obviamente es natural que legisladores que son generacionalmente analógicos desconozcan cómo está evolucionando el consumo de contenidos, principalmente aquellos de música o video. No obstante, vale la pena recordar que se está produciendo un cambio muy importante y que haría que una norma de estas características fuera ineficaz en poco tiempo. Básicamente, que el desarrollo de la banda ancha, primero la fija y ahora la móvil, está cambiando el modelo de descargas por el de streaming como forma de acceder tanto a música como a video.

En el caso del video, y luego del éxito de YouTube y más localmente de propuestas tipo Cuevana, éste es consumido cada vez más online en vez de bajarlo a una computadora para su posterior reproducción. Y tal como publicáramos semanas atrás [ver “Internet killed the TV star”] ya es mucha más la gente que consume video en forma online, aproximadamente el doble de la que hace descargas. Pero si no hay descarga, no hay almacenamiento. Por su parte, y en línea con un mundo donde la descarga cede paso al streaming, algo similar se está dando con la música, donde los últimos tiempos fueron abundantes en anuncios de sistemas que permiten almacenar los temas en la nube para accederlos desde computadoras o teléfonos móviles. Nuevamente, no hay almacenamiento local.

Con este panorama, establecer una carga tributaria a los dispositivos de almacenamiento sería a todas luces ridículo, ya que se estaría haciendo pagar por la adquisición de productos que no serán para almacenar contenido pirata sino otras cosas como aplicaciones y datos (como el texto que compone este newsletter).

Por otra parte, políticamente resultó de una torpeza absoluta presentar esta iniciativa a pocos meses de las elecciones y generando una reacción adversa en el tan buscado electorado joven. Más aún contando con algunas pocas experiencias previas, como el caso de España, donde el revuelo generado en su momento fue importante. Nada hacía pensar que aquí sería menor. Como se dice en el barrio, un gol en contra. Y de media cancha.

Vale recordar que más allá de sus autores, el proyecto contaba con un importante apoyo de la oposición. De esta forma, se pone en evidencia la cada vez mayor distancia generacional entre quienes legislan y una importante y creciente proporción de la población. El mundo está cambiando más rápido de lo que pueden asimilarlo algunas personas. Quedó demostrado.

Acerca del autor

Enrique Carrier

Analista del mercado de telecomunicaciones y nuevos medios, basado en Buenos Aires, Argentina

Por Enrique Carrier

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