Decreto móvil

Desde que asumió a fines del año pasado, el actual gobierno ha dado varios signos que muestran su obsesión por lograr mejoras en los servicios móviles. Esta semana dio otro paso en ese sentido con la publicación del decreto 798/2016 bajo el nombre de “Plan Nacional para el Desarrollo de Condiciones de Competitividad y Calidad de los Servicios de Comunicaciones Móviles”. La norma tiene varios puntos interesantes.
En la lectura de los considerandos sorprende la crítica a la gestión anterior. Se puede estar o no de acuerdo con la misma, pero no deja de ser llamativa una manifestación tan política. Ya en el articulado, en varios de éstos lo que hay es un llamado a dictar nuevos reglamentos, como el de interconexión, administración del espectro, calidad de servicio, portabilidad.
Tratándose de servicios móviles, no sorprende que mucho gire alrededor de dos de los pilares técnicos del servicio: espectro y antenas.
Por el lado del espectro, hay dos puntos interesantes. Uno es el que tiene que ver con el artículo 13, que instruye al Ministerio de Comunicaciones a que “revise y en su caso modifique los límites a la acumulación de espectro radioeléctrico”. En el caso de los servicios 2 y 3G rige el límite de 50 MHz. Esto en su momento generó que Movistar tuviera que devolver espectro por exceder el mencionado límite por la acumulación de los de Movicom y Unifón. Gran parte de ese excedente fue asignado 6 años después a Arlink y hoy está judicializado, sin uso. A su vez, este límite fue lo que provocó que indefectiblemente este espectro tuviera que asignarse a un nuevo operador, ya que actualmente los tres grandes (Claro, Movistar y Personal) tienen todo el espectro que la regulación permite. De este modo, si como consecuencia de la revisión pedida por el PEN el Ministerio de Comunicaciones resolviese anular o subir ese límite, los actuales operadores podrían ofertar por él, dificultando aún más la llegada de un nuevo operador.
El otro punto es el que tiene que ver con el offloading de redes móviles sobre WiFi. El artículo 11 especifica que “los prestadores de servicios móviles deberán proceder en el plazo que se les fije desde la notificación, a la instalación de sistemas ‘wi-fi’ para la descarga (‘offloading’) del tráfico de datos, al despliegue de sistemas de densificación con pico celdas y micro celdas, y de maximización de la atención de tráfico ‘in-door’”. Se trata de un recurso técnico cada vez más valorado que permite combinar espectro licenciado y no licenciado para mejorar la capacidad de las redes. Adicionalmente, en algunos casos podrá implicar nuevos ingresos para ISP de redes fijas que las pongan a disposición de las celcos para este offloading. De todos modos, resulta llamativo que el PEN indique qué tecnología utilizar cuando en Argentina prima la libertad tecnológica. Esto es curioso porque en última instancia la calidad del servicio es responsabilidad del operador y cómo lo haga desde el punto de vista técnico es su decisión (aunque probablemente elija el WiFi offloading).
Por el lado de las antenas, el decreto formaliza una intención ya manifestada oportunamente y que es el hecho de poner a disposición los inmuebles del Estado Nacional dependientes del Poder Ejecutivo para su instalación. Para ello el Estado dará el incentivo de no cobrar canon locativo por distintos plazos. De uno a cuatro años en función de cuántos operadores compartan el espacio físico. Para gozar de este beneficio, los contratos deberán ser por un mínimo de diez años durante los cuales las radiobases deberán mantenerse operativas. Se invita a otros niveles y poderes del Estado a proceder de igual forma. De allí a que acepten el convite, es otra cosa.
Por otra parte, se invita a los Municipios a adherir al Código de Buenas Prácticas para el Despliegue de Redes de Comunicaciones Móviles que fuera elaborado en 2009 por la FAM (Federación Argentina de Municipios) y los operadores móviles con el auspicio de la ex Secom. Claro que siendo una simple invitación nada hace pensar en principio que esta vez tendrá mejor suerte. No obstante, en este caso sí hay una zanahoria. En el artículo 2, inciso e, se dice que el Ministerio de Comunicaciones deberá incorporar al reglamento del Servicio Universal el “otorgamiento de prioridad para considerar elegibles en programas con Fondos del Servicio Universal a proyectos a desarrollarse en aquellos municipios que hayan adoptado la normativa propuesta en el Código de Buenas Prácticas para el Despliegue de Redes de Comunicaciones Móviles”. O sea, están invitando a adherir, pero los que no aceptan la invitación van al fondo de la cola y quizás no reciban nada. Se trata de un camino más sencillo que el que habría que recorrer para promulgar una ley de antenas, como ya hicieron varios países de la región.
Por el lado de los terminales, el artículo 14 dice que “el Ministerio de Comunicaciones debe conformar un Grupo de Trabajo con el Ministerio de Producción, en consulta con las licenciatarias de servicios de comunicaciones móviles, fabricantes y otros interesados, para facilitar la migración a terminales móviles de banda ancha que operen en la mayor cantidad de redes móviles que fuere factible”. Este artículo equivale a admitir que el Plan Canje no pasó de ser un anuncio sin mucho sustento como para darle forma. No obstante, parece que seguirán insistiendo.
En definitiva, se trata de un paso adelante, que puede que en algunos puntos genere cierta polémica, lo cual es natural. Pero también deja varios aspectos a definir por el Ministerio de Comunicaciones en los próximos 90 días. Por lo tanto, habrá novedades.

Acerca del autor

Enrique Carrier

Analista del mercado de telecomunicaciones y nuevos medios, basado en Buenos Aires, Argentina

Por Enrique Carrier

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